PRESUPUESTO PARTICIPATIVO A TRAVÉS DE LA JAL Experiencia en el Municipio de Medellín Primera Parte
- JUAN POLANCO PEREZ
- 17 jun 2016
- 3 Min. de lectura

Una de las políticas públicas mas debatida y con un seguimiento permanente en la ciudad, es la Planeación Local y el Presupuesto Participativo; procesos que se desarrollan separadamente pero que se complementan y articulan. En este artículo me enfocaré en el Presupuesto Participativo y el rol de la JAL como Corporación Pública.
Lo primero es definir que es el Presupuesto Participativo, según la normatividad vigente es el proceso democrático de concertación entre las Juntas Administradoras Locales y la Comunidad para gestionar participativamente el desarrollo local (Acuerdo 43/07 artículos 39,40,41 y 63; Ley 136/94 artículo 135, Ley 1757 de 2015 articulo 91, 100), con el apoyo de la Alcaldía como garante bajos los principios de coordinación y colaboración mutua (Acuerdo 43/07 artículo 41, Ley 136 artículos 4 literal A) y el Comité Territorial de Planeación -CTP (Acuerdo 43/07 articulo 27 numeral 27.8); este proceso promueve e implementa la democracia participativa, que les permite a los ciudadanos deliberar y decidir en la distribución de un porcentaje del presupuesto municipal, asignado a sus respectivas comunas y corregimientos para su inversión social (Ley 1551/2012 articulo 43), asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos (Ley 1757 de 2015 articulo 90). Todo lo anterior observando las normas y disposiciones nacionales y municipales que rigen el ejercicio de la planeación, el presupuesto y la contratación, en concordancia con el Plan de Desarrollo Local y Municipal.
Este proceso de tiene dos grandes etapas; esta la etapa metodológica para la concertación del Presupuesto Participativo entre las JAL y los actores de la comunidad en sus respectivos territorios, según Acuerdo 43 de 2007 artículo 41; más conocida como la ruta metodológica, construida anualmente en el Comité Municipal de Presupuesto Participativo-CMPP, integrada por 21 delegados de las Juntas Administradoras Locales, 21 delegados de los Consejos Comunales y Corregimentales, (1) uno del Consejo Territorial de Planeación-CTP y (2) dos delegados de la Alcaldía en el Departamento Administrativo de Planeación y la Secretaria de Participación Ciudadana. Y la etapa para la Ejecución del Presupuesto Participativo en sus fases precontractual, contractual y pos contractual, donde cada dependencia centralizada y/o descentralizada es responsable de su procedimiento según el manual de contratación municipal; lo anterior acompañado del control político de las JAL, Concejo Municipal, control fiscal de la Contraloría Municipal, control disciplinario de la Personería y el control social de los actores de la sociedad civil participante.
Hacer el PP a través de la JAL, ha de entenderse bajo el criterio de la democracia participativa, donde se complementan la democracia directa y la representativa en la lógica del desarrollo humano integral y sostenibles en los territorios, con capacidad de diálogo, deliberación y concertación; ya que hay que conciliar una tensión en la competencia de la JAL de elaborar el plan de inversiones de la respectiva comuna y/o corregimiento y la competencia de los ciudadanos de deliberar y decidir en la distribución de un porcentaje del presupuesto municipal, asignado a sus respectivas comunas y corregimientos para su inversión social (Ley 1551/2012 articulo 43). En el próximo artículo estaré compartiendo las fases en la etapa metodológica para la concertación en la lógica de un PP a través de la JAL.
Autor: JUAN POLANCO PEREZ
Director Fundación RESTITUIR “Entidad Gestora del Desarrollo”
Ex edil JAL Comuna 6-Doce de Octubre, Ex presidente de ASOEDILES-Medellín.
Ex coordinador del Proyecto de Apoyo y Acompañamiento a las JAL en el Ejercicio de sus Funciones-Alcaldía de Medellín.
Contacto: 301-6958418. E-mail: jpolanco12@hotmail.com http://fundacionrestituir.wix.com/medellin
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